Disposición transitoria sexta. Gestión de créditos presupuestarios en materia de Clases Pasivas.
Se prorroga durante el año 2002 la facultad conferida en la disposición final tercera de la Ley 39/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Madrid, 27 de diciembre de 2001.
**JUAN CARLOS R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**JOSE MARIA AZNAR LOPEZ**
Texto oficial de Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002 (BOE-A-2001-24964). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria sexta. Gestión de créditos presupuestarios en materia de Clases Pasivas. — Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002 · BOE Fácil