TÍTULO IV. *De los órganos de gobierno de los colegios* · CAPÍTULO I. *Asamblea General*
Artículo 15. Composición y naturaleza.
*La Asamblea General, compuesta por el Presidente y demás miembros de la Junta de Gobierno del Colegio y por todos los colegiados presentes y legalmente representados, es el supremo órgano del Colegio. Sus acuerdos y resoluciones válidamente adoptados obligan a todos los colegiados, incluidos los que voten en contra de los mismos, se abstengan o se hallen ausentes.*
> <small>Se declara la nulidad, en cuanto sea de aplicación directa a los Colegios pertenecientes al ámbito autonómico, por Sentencia del TS de 10 de febrero de 2004. [Ref. BOE-A-2004-14708](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2004-14708).</small>
Texto oficial de Estatutos Generales de los Colegios de Diplomados en Trabajo Social (BOE-A-2001-4392). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.