TÍTULO II. Ordenación del sector pesquero · CAPÍTULO II. Los agentes del sector pesquero · Sección 2.ª Las Cofradías de Pescadores
Artículo 46. Funciones.
Son funciones de las Cofradías de Pescadores:
a) Actuar como órganos de consulta de las Administraciones públicas competentes y ejercer las funciones que les encomienden la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias.
b) Prestar servicios a sus miembros y representar y defender sus intereses.
c) Administrar los recursos propios de su patrimonio.
Texto oficial de Ley de Pesca Marítima del Estado (BOE-A-2001-6008). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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