1. La Comisión Superior de Personal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, se configura como un órgano colegiado de coordinación, documentación y asesoramiento para la elaboración de la política de personal al servicio de la Administración del Estado.
2. La Comisión Superior de Personal está adscrita al Ministerio de Administraciones Públicas y ejercerá las competencias y funciones asignadas por la legislación vigente en materia de Función Pública y las atribuidas en este Real Decreto.
Texto oficial de Real Decreto 349/2001, de 4 de abril, por el que se regula la composición y funciones de la Comisión Superior de Personal (BOE-A-2001-7425). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Naturaleza. — Real Decreto 349/2001, de 4 de abril, por el que se regula la composición y funciones de la Comisión Superior de Personal · BOE Fácil