Instrucción técnica complementaria MIE-APQ 7 «Almacenamiento de líquidos tóxicos» · CAPÍTULO III. Obra civil · Sección 6.ª Medidas de seguridad
Artículo 30. Formación del personal.
Los procedimientos de operación se establecerán por escrito. El personal del almacenamiento, en su plan de formación, recibirá instrucciones específicas del titular del almacenamiento, oralmente y por escrito, sobre:
a) Propiedades de los líquidos tóxicos que se almacenan
b) Función y uso correcto de los elementos e instalaciones de seguridad y del equipo de protección individual
c) Consecuencias de un incorrecto funcionamiento o uso de los elementos e instalaciones de seguridad y del equipo de protección individual
d) Peligro que pueda derivarse de un derrame o fugas de los líquidos almacenados y acciones a adoptar.
El personal del almacenamiento tendrá acceso a la información relativa a los riesgos de los productos y procedimientos de actuación en caso de emergencia, que se encontrará disponible en letreros bien visibles.
Texto oficial de Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE APQ-1, MIE APQ-2, MIE APQ-3, MIE APQ-4, MIE APQ-5, MIE APQ-6 y MIE APQ-7 (BOE-A-2001-8971). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.