Las Comunidades Autónomas que hayan asumido competencias en materia de gestión y recaudación decidirán el lugar de presentación de la declaración-liquidación, ingreso de cuotas y hojas de desglose, en su caso.
###### Disposición final.
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de junio de 2002.
**MONTORO ROMERO**
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Hacienda e Ilmo. Sr. Director de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Texto oficial de Orden HAC/1554/2002, de 17 de junio, por la que se aprueban las normas de gestión del Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (BOE-A-2002-12303). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional tercera. — Orden HAC/1554/2002, de 17 de junio, por la que se aprueban las normas de gestión del Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos · BOE Fácil