TÍTULO IV. Del régimen jurídico general de los Colegios y del Consejo General y de los acuerdos de sus Órganos de Gobierno · CAPÍTULO IV. Recursos jurídicos contra los actos de los Colegios y del Consejo General
Artículo 137. Normas subsidiarias.
Para el ejercicio y trámite de estos derechos y recursos, en todo aquello que no se determine en los presentes Estatutos, se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, especialmente en su Título III, artículos 43 y 44 del Título IV, capítulos III y IV del Título VI y capítulo II del Título VII.
Texto oficial de Real Decreto 1482/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados y de su Consejo General (BOE-A-2002-1370). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 137. Normas subsidiarias. — Real Decreto 1482/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados y de su Consejo General · BOE Fácil