TÍTULO VIII. Modificaciones e interpretación de los Estatutos y disolución de los Colegios · CAPÍTULO I. Modificación e interpretación de los Estatutos
Artículo 160. Interpretación.
Texto oficial de Real Decreto 1482/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados y de su Consejo General (BOE-A-2002-1370). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
