Los Colegios y el Consejo General se rigen por los presentes Estatutos, los particulares de los Colegios, en su caso, y por los Reglamentos de régimen interior y acuerdos válidamente adoptados, así como por las Leyes y disposiciones complementarias, estatales y autonómicas, que regulan los Colegios Profesionales y la mediación en seguros privados.
Texto oficial de Real Decreto 1482/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados y de su Consejo General (BOE-A-2002-1370). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. Normas particulares. — Real Decreto 1482/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados y de su Consejo General · BOE Fácil