Los plazos establecidos en este Reglamento se computarán conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
> <small>Se modifica por el art. único.28 del Real Decreto 306/2019, de 26 de abril. [Ref. BOE-A-2019-6345](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-6345)</small>
Texto oficial de Real Decreto 687/2002, de 12 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas (BOE-A-2002-13981). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional tercera. Cómputo de plazos. — Real Decreto 687/2002, de 12 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas · BOE Fácil