CAPÍTULO IV. Régimen del personal docente destinado en centros y programas en el exterior · Sección 2.ª Personal docente en funciones directivas
Artículo 19. Equipo directivo.
1. El resto del equipo directivo será nombrado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta del Director, entre funcionarios docentes destinados en el centro correspondiente. Cuando ello no sea posible, el citado Ministerio lo designará libremente entre funcionarios docentes destinados en el Estado respectivo.
2. El periodo de vigencia de los nombramientos a que se refiere el apartado anterior coincidirá con el mandato del Director proponente.
Texto oficial de Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior (BOE-A-2002-21183). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 19. Equipo directivo. — Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior · BOE Fácil