1. La creación o supresión de una Consejería de Educación se realizará por Real Decreto, a iniciativa conjunta de los Ministros de Educación, Cultura y Deporte y de Asuntos Exteriores y a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas.
2. El Ministro de Asuntos Exteriores, a propuesta del de Educación, Cultura y Deporte, podrá acreditar a los Consejeros de Educación para el desempeño de sus funciones en otros Estados, en régimen de acreditación multilateral.
Texto oficial de Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior (BOE-A-2002-21183). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Creación y supresión. — Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior · BOE Fácil