CAPÍTULO II. Estructura y régimen de personal de las Consejerías de Educación
Artículo 8. El Secretario general.
1. El Secretario general tendrá a su cargo la gestión económica y la coordinación de los servicios administrativos de la Consejería de Educación, bajo la dirección del Consejero respectivo.
2. Su nombramiento corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por el procedimiento de libre designación, previa convocatoria pública conforme a lo dispuesto en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo, debiendo cumplir el requisito establecido en el artículo 6.3, párrafo b), que se referirá, en este caso, al desempeño previo de otro puesto de Secretario general.
Texto oficial de Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior (BOE-A-2002-21183). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 8. El Secretario general. — Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior · BOE Fácil