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Artículo 18. Uso, fabricación y venta de vacunas contra la peste porcina clásica.

Texto oficial de Real Decreto 1071/2002, de 18 de octubre, por el que se establecen las medidas mínimas de lucha contra la peste porcina clásica (BOE-A-2002-21336). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 18. Uso, fabricación y venta de vacunas contra la peste porcina clásica. — Real Decreto 1071/2002, de 18 de octubre, por el que se establecen las medidas mínimas de lucha contra la peste porcina clásica · BOE Fácil