1. La imagen institucional del CEDEX se ajustará a lo establecido en la normativa vigente que regula los criterios de imagen institucional y la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.
2. En las actividades que el CEDEX realice en materias relacionadas con las competencias del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, de conformidad con la dependencia funcional regulada en el apartado 1 del artículo 1 de este Estatuto, el Organismo utilizará una referencia a dicho Departamento en la instrumentalización de su imagen institucional, acompañando a la que expresa su dependencia orgánica y funcional del Ministerio de Fomento.
> <small>Se modifica el apartado 2 por el art. único.13 del Real Decreto 364/2009, de 20 de marzo. [Ref. BOE-A-2009-5313](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-5313).</small>
Texto oficial de Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (BOE-A-2002-21671). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.