Disposición adicional primera. Acceso a las escuelas oficiales de idiomas.
Los diplomas de español nivel A2 y nivel B1 darán derecho, respectivamente, al acceso al nivel Intermedio y al nivel Avanzado de las enseñanzas de régimen especial de español como lengua extranjera de las escuelas oficiales de idiomas.
El diploma de español nivel B2 dará derecho al acceso a los cursos especializados de español como lengua extranjera de los niveles C1 y C2 que organicen las escuelas oficiales de idiomas.
> <small>Se modifica por el art. único.5 del Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero. [Ref. BOE-A-2008-4727](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-4727).</small>
Texto oficial de Diplomas de Español como Lengua Extranjera (DELE) (BOE-A-2002-21672). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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