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CAPÍTULO X. Actividad transfronteriza de los fondos de pensiones de empleo · Sección 2ª. Actividad de los fondos de pensiones de empleo españoles en otros Estados miembros

Artículo 40. Integración en un fondo de pensiones de empleo autorizado y registrado en España de planes de pensiones de empleo sujetos a la legislación social y laboral de otros Estados miembros.

Texto oficial de Ley de Planes y Fondos de Pensiones (BOE-A-2002-24252). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.