TÍTULO I. Normas tributarias · t = c × b<sup>2/3</sup>
Artículo 33. Tasas exigibles por los servicios y actividades realizados en materia de plaguicidas de uso ambiental y en la industria alimentaria, así como para todos los biocidas en general, en aplicación de la Directiva 98/8/CE.
**(Derogado)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 7/2025, de 28 de julio. [Ref. BOE-A-2025-15652#dd](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-15652)</small>
> <small>Se modifica el apartado Cinco y se añade el Ocho por la disposición final 10 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre. [Ref. BOE-A-2021-21653](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-21653)</small>
Texto oficial de Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE-A-2002-25412). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.