CAPÍTULO III. Organización y funcionamiento · SECCIÓN 8.ª DEPARTAMENTO RED IRIS
Artículo 22 ter. Funcionamiento y régimen interno.
En el seno del departamento podrán constituirse grupos de trabajo, a los que podrán ser invitados representantes de las Administraciones Públicas y de la comunidad académica y científica, actuando como asesores de los temas a tratar.
> <small>Se añade por el art. 80.6 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre. [Ref. BOE-A-2003-23936](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-23936).</small>
Texto oficial de Estatuto de Red.es (BOE-A-2002-3138). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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