Artículo 1. Naturaleza, adscripción y denominación.
1. Red.es se configura como una entidad pública empresarial de las previstas en el artículo 103 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, conforme a lo establecido en la disposición adicional decimosexta de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
2. La entidad pública empresarial Red.es goza de personalidad jurídica propia, plena capacidad jurídica y de obrar y autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines.
3. La entidad pública empresarial Red.es se encuentra adscrita al Ministerio de Economía y Empresa a través de la Secretaría de Estado para el Avance Digital, a la que corresponde su dirección estratégica y la evaluación y el control de eficacia de sus actuaciones, en los términos previstos en los artículos 85 y 103.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
4. Su denominación es ‘‘Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P.’’
> <small>Se modifica el apartado 3 por disposición final 1 del Real Decreto 1046/2018, de 24 de agosto. [Ref. BOE-A-2018-11840#df](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-11840)</small>
> <small>Se modifica por la disposición final 3 del Real Decreto 903/2017, de 13 de octubre. [Ref. BOE-A-2017-11751#df-3](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-11751)</small>
Texto oficial de Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es (BOE-A-2002-3138). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.