CAPÍTULO VI. Régimen económico-financiero · SECCIÓN 1.ª CONTRATACIÓN, FINANCIACIÓN Y PLANIFICACIÓN
Artículo 32. Programa de actuación plurianual.
Red.es elaborará y tramitará anualmente un programa de actuación plurianual de sus actividades, que responderá a los planes y previsiones plurianuales que se elaboraren, conforme a lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley General Presupuestaria. Tal programa, acompañado de la documentación complementaria que indica la Ley General Presupuestaria y de las principales modificaciones que contengan respecto del que se halle en vigor, será remitido al Ministerio de Hacienda, a través del Ministerio de Ciencia y Tecnología, para su aprobación por el Gobierno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 89.4 de la citada Ley.
Texto oficial de Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es (BOE-A-2002-3138). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 32. Programa de actuación plurianual. — Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es · BOE Fácil