Disposición adicional primera. Modificación del anexo XVIII del Reglamento General de Vehículos.
1. El título del anexo XVIII, II, B) del Reglamento General de Vehículos («Contraseñas de los vehículos pertenecientes al Estado»), queda redactado como sigue: «Contraseñas de los vehículos pertenecientes al Estado y al servicio de los Cuarteles Generales Militares Internacionales de la OTAN».
2. Se añade el siguiente párrafo al contenido del anexo XVIII, II, B) del Reglamento General de Vehículos: «FAE para los vehículos al servicio de los Cuarteles Generales Militares Internacionales de la OTAN matriculados en España».
Texto oficial de Matriculación de Vehículos de los Cuarteles Generales de la OTAN en España (BOE-A-2002-4792). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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