Disposición final segunda. Sustitución de las actuales tarjetas.
1. La sustitución de las actuales tarjetas por las que se establecen en la presente Orden Ministerial estará concluida el 31 de diciembre del año 2004.
2. No se expedirán tarjetas del nuevo modelo "A" al personal que en la fecha fijada en el punto anterior se encuentre en la situación administrativa de reserva o en retiro. El personal en situación administrativa de reserva renovará la tarjeta de identidad militar, ajustada al nuevo modelo, en el caso de que ocupe destino o pase a retiro.
> <small>Se modifica por el apartado 2 de la Orden DEF/728/2003, de 25 de marzo. [Ref. BOE-A-2003-6587](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-6587).</small>
Texto oficial de Orden DEF/600/2002, de 7 de marzo, por la que se regula la tarjeta de identidad militar para el personal de las Fuerzas Armadas, Cuerpo de la Guardia Civil y militares de nacionalidad no española destinados en los Cuarteles Generales Internacionales ubicados en España (BOE-A-2002-5468). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.