Artículo 23. Cumplimiento de obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
La concesión de las ayudas reguladas en el presente Real Decreto estará supeditada a la acreditación por el perceptor final de los requisitos exigidos, en cada caso, por la legislación vigente y, en especial, del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
Texto oficial de Iniciativa Comunitaria Leader Plus y Programas PRODER (BOE-A-2002-690). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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