La Universidad Internacional Menéndez Pelayo se regirá por las disposiciones de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, que le sean de aplicación; y por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria; la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y las demás disposiciones de aplicación a los organismos autónomos de la Administración General del Estado, así como por el presente estatuto.
> <small>Se modifica por la disposición final 1.2 del Real Decreto 291/2023, de 18 de abril. [Ref. BOE-A-2023-9554](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-9554)</small>
Texto oficial de Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, por el que se aprueba el Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (BOE-A-2002-6956). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. Régimen jurídico. — Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, por el que se aprueba el Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo · BOE Fácil