ANEXO. ESTATUTOS DE LA REAL ACADEMIA NACIONAL DE FARMACIA · CAPÍTULO VI. Publicaciones, biblioteca, cursos, concursos y premios
Artículo 39. Cursos.
1. A propuesta de los Académicos de Número y de las distintas Secciones y Comisiones que la integran, la Real Academia Nacional de Farmacia podrá organizar cursos de interés científico y académico, destinados al perfeccionamiento y difusión de las Ciencias Farmacéuticas y afines, previa aprobación por la Junta de Gobierno.
2. La celebración de actos no organizados en exclusiva por la Corporación deberá ser autorizada por la Junta de Gobierno.
Texto oficial de Real Decreto 367/2002, de 19 de abril, por el que se modifica la denominación de la Real Academia de Farmacia y se aprueban sus Estatutos (BOE-A-2002-8738). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 39. Cursos. — Real Decreto 367/2002, de 19 de abril, por el que se modifica la denominación de la Real Academia de Farmacia y se aprueban sus Estatutos · BOE Fácil