«TÍTULO V. Del contrato de concesión de obras públicas · «CAPÍTULO III. De los contratos de concesión de obras hidráulicas
Disposición final segunda. Carácter básico de las normas de desarrollo.
Las normas que, en desarrollo de esta ley, promulgue la Administración General del Estado podrán tener carácter de básicas cuando constituyan el complemento necesario de dicho carácter respecto de los artículos que lo tienen atribuido conforme a la disposición final primera y así se señale en la propia norma de desarrollo.
Texto oficial de Ley del Contrato de Concesión de Obras Públicas (BOE-A-2003-10463). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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