1. El DUE es un instrumento de naturaleza telemática en el que se incluyen todos los datos referentes a la sociedad limitada Nueva Empresa que, de acuerdo con la legislación aplicable, deben remitirse a los registros jurídicos y las Administraciones públicas competentes para la constitución de la sociedad y para el cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y de seguridad social inherentes al inicio de su actividad, siempre y cuando éstos se remitan por medios telemáticos.
2. El DUE contendrá dos tipos de datos:
a) Datos básicos, que deberán cumplimentarse en el momento que se da inicio a la tramitación. Estos datos se detallan en el anexo I.
b) Datos a incorporar en cada fase de la tramitación por el notario autorizante de la escritura pública de constitución de la sociedad, por los encargados de los registros jurídicos y por las Administraciones públicas competentes para la constitución de la sociedad y para el cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y de seguridad social inherentes al inicio de su actividad.
Estos datos se detallan en el anexo II.
Texto oficial de Tramitación Telemática de Sociedades de Responsabilidad Limitada (BOE-A-2003-11611). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. Naturaleza y contenido del DUE. — Tramitación Telemática de Sociedades de Responsabilidad Limitada · BOE Fácil