TÍTULO VI. De la calificación del concurso · CAPÍTULO II. De la sección de calificación · Sección 2.ª De la calificación en caso de intervención administrativa
Artículo 175. Especialidades de la tramitación.
1. La sección se encabezará con la resolución administrativa que hubiere acordado las medidas.
2. Los interesados podrán personarse y ser parte en la sección en el plazo de 15 días a contar desde la publicación prevista en el artículo anterior.
3. El informe sobre la calificación será emitido por la autoridad supervisora que hubiere acordado la medida de intervención.
> <small>Se modifica el apartado 2 por el art. 6.9 del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo. [Ref. BOE-A-2009-5311](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-5311).</small>
Texto oficial de Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (BOE-A-2003-13813). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 175. Especialidades de la tramitación. — Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal · BOE Fácil