TÍTULO III. De los efectos de la declaración de concurso · CAPÍTULO III. De los efectos sobre los contratos
Artículo 63. Supuestos especiales.
1. Lo establecido en los artículos anteriores no afectará al ejercicio de la facultad de denuncia unilateral del contrato que proceda conforme a la ley.
2. Tampoco afectará a la aplicación de las leyes que dispongan o expresamente permitan pactar la extinción del contrato en los casos de situaciones concursales o de liquidación administrativa de alguna de las partes.
Texto oficial de Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (BOE-A-2003-13813). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 63. Supuestos especiales. — Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal · BOE Fácil