Disposición transitoria segunda. Adaptación de los actuales reglamentos de v.c.p.r.d. y órganos de gestión a la nueva regulación.
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, deberán adaptarse a sus previsiones los actuales reglamentos de v.c.p.r.d., así como sus órganos de gestión.
Texto oficial de Ley de la Viña y del Vino (BOE-A-2003-13864). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria segunda. Adaptación de los actuales reglamentos de v.c.p.r.d. y órganos de gestión a la nueva regulación. — Ley de la Viña y del Vino · BOE Fácil