El presente Reglamento tiene por objeto regular la elaboración de manera sistemática y programada de estadísticas judiciales que permitan dar cumplimiento a las funciones encomendadas al Consejo General del Poder Judicial, en particular a la elaboración de la Memoria sobre el estado, funcionamiento, necesidades y actividades del propio Consejo y de los Juzgados y Tribunales de Justicia, a que se refiere el artículo 109.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como a las encomendadas a la Inspección de Juzgados y Tribunales.
La Estadística Judicial posibilita igualmente la planificación, desarrollo y ejecución de las políticas públicas relativas a la Administración de Justicia de otros responsables públicos con competencias en la materia.
Texto oficial de Acuerdo de 9 de julio de 2003, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2003 de Estadística Judicial (BOE-A-2003-14531). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. — Acuerdo de 9 de julio de 2003, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2003 de Estadística Judicial · BOE Fácil