CAPÍTULO III. De los expurgos de documentos judiciales
Disposición adicional tercera. Archivo General de la Administración.
1. El Archivo General de la Administración cumplirá las funciones de los Archivos Judiciales Territoriales respecto de los expedientes judiciales y gubernativos que a la entrada en vigor de este real decreto radiquen en aquél.
2. A los efectos de lo dispuesto en este real decreto, será responsable de los documentos judiciales que se encuentren en el Archivo General de la Administración el Secretario de Gobierno del Tribunal Supremo.
Texto oficial de Modernización de los Archivos Judiciales (BOE-A-2003-15237). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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