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real decreto · BOE-A-2003-15240

Real Decreto 946/2003, de 18 de julio, por el que se establecen requisitos específicos de etiquetado para el espárrago blanco en conserva

Estado
Vigente
Publicación
30/7/2003
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Este real decreto establece requisitos específicos de etiquetado para el espárrago blanco en conserva comercializado en España, exigiendo indicar el origen del producto.

A quién afecta: Fabricantes y comercializadores de espárrago blanco en conserva.

  • Dicta normas complementarias de etiquetado para el espárrago blanco, en desarrollo de la norma general de etiquetado de productos alimenticios.
  • El espárrago blanco envasado debe indicar en la etiqueta, con caracteres iguales a los del nombre o la razón social de la empresa, la leyenda «producto cultivado en» la provincia o comunidad autónoma de origen.
  • Para productos originarios de la Unión Europea, debe indicarse una referencia equivalente a su origen.
  • El incumplimiento se sanciona conforme al régimen de infracciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.
¿Qué debe indicar la etiqueta del espárrago blanco en conserva de origen español?

La leyenda «producto cultivado en» seguida de la provincia o comunidad autónoma de origen, con caracteres iguales a los del nombre de la empresa.

¿Qué ocurre si no se cumplen estos requisitos de etiquetado?

Se sanciona conforme al régimen de infracciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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