TÍTULO I. Órganos competentes y procedimientos · CAPÍTULO I. Normas de organización y funcionamiento de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita
Artículo 5. Información sobre los servicios de justicia gratuita.
1. Las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita dispondrán de las listas de colegiados ejercientes adscritos a los servicios de justicia gratuita, con indicación de su domicilio profesional y, en su caso, de especializaciones por órdenes jurisdiccionales o en las diversas ramas jurídicas.
En las sedes de las comisiones se expondrán las normas de funcionamiento, sede y horarios de atención al público de los servicios de orientación jurídica de los colegios de abogados.
2. La información a la que se refiere el apartado anterior estará a disposición de toda persona interesada en acceder a los servicios de justicia gratuita, y será semestralmente actualizada por los respectivos colegios.
Texto oficial de Real Decreto 996/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita (BOE-A-2003-15799). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 5. Información sobre los servicios de justicia gratuita. — Real Decreto 996/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita · BOE Fácil