El presente real decreto entrará en vigor el día en que entre en vigor, en el Estado español, el Protocolo adicional de 22 de septiembre de 1998, definido en el artículo 2.f) de este real decreto.
> En el BOE de 13 de agosto de 2004 se publica la entrada en vigor del Protocolo Adicional de 22 de septiembre de 1998, que se produce con fecha 30 de abril de 2004. [Ref. BOE-A-2004-15017](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2004-15017).
Dado en Madrid, a 19 de septiembre de 2003.
**JUAN CARLOS R.**
**El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Economía,**
**RODRIGO DE RATO Y FIGAREDO**
Texto oficial de Real Decreto 1206/2003, de 19 de septiembre, para la aplicación de los compromisos contraídos por el Estado español en el Protocolo adicional al Acuerdo de salvaguardias derivado del Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares (BOE-A-2003-18593). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final quinta. Entrada en vigor. — Real Decreto 1206/2003, de 19 de septiembre, para la aplicación de los compromisos contraídos por el Estado español en el Protocolo adicional al Acuerdo de salvaguardias derivado del Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares · BOE Fácil