Por los Ministros de Asuntos Exteriores, de Defensa, del Interior, de Fomento, de Agricultura, Pesca y Alimentación, de Sanidad y Consumo, de Medio Ambiente, de Economía y de Ciencia y Tecnología, se dictarán, conjunta o separadamente, según las materias de que se trate, las disposiciones que exija el desarrollo de este real decreto.
Texto oficial de Real Decreto 1256/2003, de 3 de octubre, por el que se determinan las autoridades competentes de la Administración General del Estado en materia de transporte de mercancías peligrosas y se regula la comisión para la coordinación de dicho transporte (BOE-A-2003-18743). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.