CAPÍTULO VIII. Obtención de los certificados de aptitud
Artículo 52.
Texto oficial de Reglamento de las Escuelas Particulares de Conductores (BOE-A-2003-19801). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
CAPÍTULO VIII. Obtención de los certificados de aptitud
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