TÍTULO II. Protección y defensa del patrimonio · CAPÍTULO IV. Del régimen registral
Artículo 40. Aranceles aplicables por los registradores de la propiedad.
Texto oficial de Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas (BOE-A-2003-20254). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
