TÍTULO IV. Uso y explotación de los bienes y derechos · CAPÍTULO I. Utilización de los bienes y derechos de dominio público · Sección 3.ª Utilización de los bienes y derechos destinados a un servicio público
Artículo 87. Bienes destinados a la prestación de servicios públicos reglados.
Texto oficial de Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas (BOE-A-2003-20254). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
