CAPÍTULO III. Prevención y corrección de la contaminación acústica · Sección 2.ª Planes de acción en materia de contaminación acústica
Artículo 22. Identificación de los planes.
En los términos previstos en esta ley y en sus normas de desarrollo, habrán de elaborarse y aprobarse, previo trámite de información pública por un período mínimo de un mes, planes de acción en materia de contaminación acústica correspondiente a los ámbitos territoriales de los mapas de ruido a los que se refiere el apartado 1 del artículo 14.
Texto oficial de Ley del Ruido (BOE-A-2003-20976). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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