CAPÍTULO II. Organización del Museo Nacional del Prado · Sección 4.ª El Director del Museo
Artículo 10. Funciones.
El Director del Museo dirige y coordina, en el marco de los planes generales de actuación del Museo, de su presupuesto y de las directrices emanadas del Real Patronato, las actividades del Museo, sus diferentes órganos y unidades, así como su personal, en los términos que fije el estatuto.
Texto oficial de Ley Reguladora del Museo Nacional del Prado (BOE-A-2003-21539). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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