CAPÍTULO II. Organización del Museo Nacional del Prado · Sección 2.ª El Presidente del Museo Nacional del Prado
Artículo 5. Competencias.
El Presidente del Museo Nacional del Prado es el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, al que corresponderá su tutela, así como la aprobación de los planes generales de actuación y del anteproyecto de presupuesto que le someta el Real Patronato para su tramitación, conforme a la Ley General Presupuestaria.
Texto oficial de Ley Reguladora del Museo Nacional del Prado (BOE-A-2003-21539). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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