TÍTULO V. Contabilidad del sector público estatal · CAPÍTULO III. Información contable · Sección 3.ª Información sobre el objetivo de estabilidad y equilibrio financiero
Artículo 134. Seguimiento de la situación de desequilibrio financiero.
La Intervención General de la Administración del Estado, en el ejercicio de las competencias de centralización de la información contable previstas en esta ley, realizará el seguimiento del cumplimiento del equilibrio financiero de las entidades integrantes del sector público estatal a las que resulte de aplicación, así como de los planes de saneamiento derivados de su incumplimiento.
Texto oficial de Ley General Presupuestaria (BOE-A-2003-21614). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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