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TÍTULO II. Obligaciones de documentación a efectos de otros tributos

Disposición adicional cuarta. Facturación de determinadas prestaciones de servicios en cuya realización intervienen agencias de viajes que actúen como mediadoras en nombre y por cuenta ajena.

Texto oficial de Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE-A-2003-21845). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.