CAPÍTULO XIV. Representación, participación y negociación colectiva
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 16 de diciembre de 2003.
**JUAN CARLOS R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ**
Texto oficial de Ley del Estatuto Marco del Personal Sanitario (BOE-A-2003-23101). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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