TÍTULO I. Disposiciones generales del ordenamiento tributario · CAPÍTULO II. Normas tributarias · Sección 1.ª Fuentes normativas
Artículo 9. Identificación y derogación expresa de las normas tributarias.
1. Las leyes y los reglamentos que contengan normas tributarias deberán mencionarlo expresamente en su título y en la rúbrica de los artículos correspondientes.
2. Las leyes y los reglamentos que modifiquen normas tributarias contendrán una relación completa de las normas derogadas y la nueva redacción de las que resulten modificadas.
Texto oficial de Ley General Tributaria (BOE-A-2003-23186). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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