Disposición transitoria segunda. Adaptaciones de Red Eléctrica de España, S. A., y la Compañía Operadora del Mercado Español de Electricidad, S. A.
Red Eléctrica de España, S. A., y la Compañía Operadora del Mercado Español de Electricidad, S. A., dispondrán de un período de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto para realizar las adaptaciones necesarias que le permitan ejercer las funciones que éste les asigna.
Texto oficial de Real Decreto 1747/2003, de 19 de diciembre, por el que se regulan los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares (BOE-A-2003-23756). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria segunda. Adaptaciones de Red Eléctrica de España, S. A., y la Compañía Operadora del Mercado Español de Electricidad, S. A. — Real Decreto 1747/2003, de 19 de diciembre, por el que se regulan los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares · BOE Fácil