TÍTULO I · CAPÍTULO I. Créditos iniciales y financiación de los mismos
Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes referidos en los párrafos a) a d) del artículo 1 de esta ley.
Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los entes mencionados en los párrafos a), b), c) y d) del artículo anterior, se aprueban créditos en los capítulos económicos I a VII por importe de 220.517.415,17 miles de euros, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta ley. La agrupación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente:
| | Miles de euros |
| --- | --- |
| Alta Dirección del Estado y del Gobierno | 508.769,87 |
| Administración General | 540.031,24 |
| Relaciones Exteriores | 1.032.598,73 |
| Justicia | 1.095.204,12 |
| Protección y Seguridad Nuclear | 48.182,72 |
| Defensa | 6.495.875,59 |
| Seguridad y Protección Civil | 5.746.070,95 |
| Seguridad y Protección Social | 97.429.081,00 |
| Promoción Social | 5.884.239,30 |
| Sanidad | 3.571.836,35 |
| Educación | 1.545.888,26 |
| Vivienda y Urbanismo | 661.543,28 |
| Bienestar Comunitario | 559.868,17 |
| Cultura | 852.943,42 |
| Otros Servicios Comunitarios y Sociales . | 333.000,07 |
| Infraestructuras Básicas y Transportes . | 8.328.254,85 |
| Comunicaciones | 125.534,45 |
| Infraestructuras Agrarias | 376.518,56 |
| Investigación Científica, Técnica y Aplicada | 2.144.477,03 |
| Información Básica y Estadística | 330.968,81 |
| Regulación económica | 2.164.016,95 |
| Regulación financiera | 4.328.490,92 |
| Agricultura, Pesca y Alimentación | 7.978.813,97 |
| Industria | 632.281,97 |
| Energía | 59.702,70 |
| Minería | 1.244.072,91 |
| Turismo | 140.449,44 |
| Comercio | 325.902,10 |
| Transferencias a Administraciones Públicas Territoriales | 37.754.023,91 |
| Relaciones financieras con la Unión Europea | 9.275.141,01 |
| Deuda Pública | 19.003.632,52 |
Dos. Para la ejecución de las operaciones de Activos Financieros contenidas en los programas integrados en los estados de gastos de los entes referidos en los párrafos a), b), c) y d) del artículo anterior se aprueban créditos por importe de 10.858.127,57 miles de euros, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta ley.
Tres. En los estados de ingresos de los entes a que se refieren los apartados uno y dos de este artículo, se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de euros, se recoge a continuación:
Texto oficial de Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004 (BOE-A-2003-23935). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.