ANEXO. Reglamento técnico de control y certificación de plantas de vivero de vid · CAPITULO VI. Controles
Artículo 22. Control de los productores.
La autoridad competente llevará a cabo regularmente la vigilancia y el control de los productores, así como de sus establecimientos, a fin de asegurar el cumplimiento continuado de los requisitos establecidos en el presente Reglamento. Esta vigilancia o control se llevará a cabo en el momento apropiado y, al menos, una vez al año.
Texto oficial de Control y Certificación de Plantas de Vivero de Vid (BOE-A-2003-3835). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 22. Control de los productores. — Control y Certificación de Plantas de Vivero de Vid · BOE Fácil